Secretaría de Salud.
NOM-218-SSA1-2011, Productos y servicios. Bebidas saborizadas no alcohólicas, sus congelados, productos concentrados para prepararlas y bebidas adicionadas con cafeína. Especificaciones y disposiciones sanitarias. Métodos de prueba.
- Esta norma establece las disposiciones y especificaciones sanitarias que deben cumplir las bebidas saborizadas no alcohólicas (incluye bebidas para deportistas), sus congelados, los productos concentrados para prepararlas y las bebidas adicionadas con cafeína.
- Esta norma es de observancia obligatoria en el Territorio Nacional para las personas físicas o morales que se dedican a su proceso o importación
- En productos que contienen quinina debe indicarse la presencia de la misma, ya sea que se utilice la palabra “quinina” en la denominación del producto o empleando una leyenda por separado, la cual deben escribirse con caracteres mayores a la de los ingredientes.
- En congeladas, debe incluirse la leyenda: “Para protección de la salud, deben lavarse las manos y el envase del producto antes de consumirlo” o leyenda análoga.
- Las bebidas adicionadas con cafeína, deben incluir las siguientes leyendas: “No consumir más de ___ unidades al día” (en el espacio en blanco indicar la cantidad correspondiente, dependiendo de la concentración de cafeína, en ningún caso la ingesta de cafeína por el consumo de estas bebidas debe exceder de 165 mg de cafeína por día). En un recuadro en letras mayores a la de los ingredientes, se establecerán las siguientes leyendas de advertencia “No se recomienda su consumo por niños menores de 12 años, mujeres embarazadas o lactando, personas sensibles a la cafeína, ni la mezcla con bebidas alcohólicas”.
- La vigilancia en el cumplimiento de la presente norma corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las Entidades Federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia.
Para conocer la información completa ingresar al archivo: salud10022012
Secretaría de Economía.
Convocatoria para participar en el Premio Nacional de Exportación 2012.
Las bases las puede consultar en el archivo: eco10022012
Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
El INPC correspondiente a la segunda quincena de enero de 2012, es de 104.448 puntos
Para ver la información completa ingresar: inegi10022012
